¿Qué es el lease back? ¿Para qué sirve?
Conocido también como retroleasing o leasing de retorno, el lease back es una operación mediante la cual el propietario del bien lo vende a una agencia, con la que inmediatamente suscribe un contrato de arrendamiento financiero sobre dicho bien. El vendedor de dicho bien, y posterior arrendatario del mismo, obtiene de esta manera una fuerte entrada de liquidez para atajar los problemas de tesorería.
La situación económica, financiera y empresarial, que se caracteriza por la falta de liquidez y la absoluta necesidad de obtener recursos sin que ello afecte a la actividad de la compañía, ha hecho que la fórmula del lease back haya funcionado en los últimos años, y que en los siguientes su uso vaya a ir en aumento.
En los últimos años la prensa económica se ha hecho eco de algunas operaciones de lease back mediante las cuales empresas que disponían de elementos patrimoniales importantes pero no tenían un flujo de caja adecuado han acudido a esta fuente de financiación para obtener liquidez y superar las dificultades. Tradicionalmente, han sido los bancos y los propietarios de hoteles los que han recurrido al lease back, pero ya se empiezan a registrar operaciones en otros sectores como el industrial, los centros hospitalarios o las administraciones públicas.
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Una fórmula financiera para obtener liquidez
Uno de los atractivos de este tipo de operaciones que es que permite a las empresas conseguir capital sin tener que acudir a la banca, por lo que no evita incurrir en endeudamiento con las entidades financieras.
Cuando una empresa realiza una operación de lease back está obteniendo fondos sin prescindir del activo, ya que seguirá utilizándolo a cambio de un alquiler estipulado. A diferencia del rent back, en el lease back se pacta una opción de recompra al cabo de un tiempo en unas determinadas condiciones que ambas partes han pactado con anterioridad, de forma y manera que cuando pague la última cuota el bien volverá a ser de su propiedad.
Una de las ventajas de lease back es que si bien la titularidad se transmite a la sociedad de leasing, la empresa que vende el bien mantiene los derechos de uso, y lo certifica mediante un contrato de arrendamiento financiero. Si bien la mayoría de las operaciones de lease back que se producen son sobre bienes inmuebles, la normativa legal no pone ningún obstáculo a que se firmen contratos con bienes muebles.
La tributación del lease back
Dadas las condiciones contractuales, la agencia de leasing asume la titularidad del inmueble a cambio de una suma económica bastante inferior que si el inmueble se pusiera a la venta en el mercado. El vendedor asume que el descuento en el precio de venta a cambio de asegurarse un contrato de permanencia en el edificio, nave o local en unas condiciones preestablecidas.
En función del país donde tenga lugar la operación de lease back, obtendremos un tratamiento fiscal y del IVA diferente. En el caso de España, esta fórmula tiene una doble consideración, como entrega de bienes por la venta del activo en cuestión y también como prestación de servicios por el contrato de arrendamiento financiero. De ahí que el IVA de la venta se tenga que liquidar en el momento en que se produce la operación, mientras que el del arrendamiento se tendrá que ir registrando como gasto cuando se vayan devengando las cuotas.
Lease back y contabilidad
Desde el punto de vista contable, el lease back tiene también algunas consideraciones relevantes para la empresa. A la hora de reflejarlo en los libros de contabilidad, tendremos que tener en cuenta que esta operación, dada su naturaleza jurídica, no supone una pérdida en el patrimonio de la empresa, dado que podemos mantener el activo en el balance, independientemente de que desde el punto de vista jurídico el propietario ya no sea nuestra empresa sino la agencia de leasing que lo ha adquirido.
A la hora de reflejarlo en balance el vendedor debe reconocer la deuda como un pasivo financiero al activar el bien. La carga financiera se distribuye en la vida del contrato, y se puede imputar a pérdidas y ganancias atendiendo al criterio del devengo. En el caso del arrendador, deberá contabilizar el correspondiente activo financiero.
En cuanto a las amortizaciones, el vendedor del mueble o del inmueble sigue amortizando el activo como si la transmisión de la titularidad jamás se hubiera producido. Desde el punto de vista contable lo único que tiene que hacer es efectuar una reclasificación del bien. En el caso del lease back, cuando realizamos una venta de un activo para ser arrendado financieramente con carácter inmediato, el beneficio de la operación no se reconoce contablemente, sino que lo que se produce es una carga financiera menor por la financiación que hemos obtenido mediante dicha operación de arrendamiento financiero.
Sobre el autor:
Especialista en Finanzas
Miquel Valls – Asesores Fiscales y Financieros